Embargo

Sustitución / Equivalencia entre el inmueble ofrecido y el embargado / Condominio / Rechazo del pedido de sustitu-ción /

La justicia debe conciliar el interés de ambas partes (acreedor y deudor), autorizando al afectado por la medida cautelar a procurarse el menor perjuicio posible, ya sea mediante la limitación o sustitución del bien. Pero los bienes que se ofrecen en sustitución no sólo deben ser equivalentes al bien embargado en lo que se refiere a valor, sino también de fácil realización, posibilitando al acreed...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C
Autos: Linares, Ricardo H. c/ Víctor Sánchez

Revista Nro: 59
Nro Página: 248

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase