Amparo

Rechazo in limine / Admisión de la acción / Examen sustancial /

No debe confundirse el juicio de admisibilidad de la acción de amparo con el de la procedencia sustancial, porque el rechazo in limine corresponde frente a una evidente improponibilidad objetiva o subjetiva de la pretensión y no cuando aparecen cumplidos, en principio, los presupuestos fácticos y jurídicos exigidos por el ordenamiento normativo. (Del voto en disidencia, Dr. Flores) Es deber del...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C
Autos: Asociación Bancaria. Secc. Cba. c/ Banco Provincia de Córdoba y otro

Revista Nro: 58
Nro Página: 226

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