Sentencia

Promoción de la demanda: tiempo transcurrido / Trascendencia / Excesiva onerosidad sobreviniente / Reajuste ofrecido /

Debe tenerse por cierto que el proceso hiperinflacionario que se desató en el país a partir del mes de marzo de 1989 constituyó un hecho extraordinario e imprevisible, que generó una excesiva onerosidad en la prestación a cargo de los locadores y que torna aplicable al caso de autos el segundo párrafo del art. 1198. El art. 1198 C.C. dispone que la acción resolutoria es ener...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C
Autos: Difini de Palermo, Luisa y otros c/ Ricardo M. Juan y otros

Revista Nro: 57
Nro Página: 249

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