Sentencia

Ausencia de fundamentación / Nulidad /

La sentencia impugnada carece de fundamentación en cuanto el inferior ha admitido una excepción de falta de acción manifiestamente improcedente, desde que no ha habido por parte del demandado una cesión del contrato que lo vinculaba a los actores ni una liberación expresa por parte de éstos. Lo que ha habido es una sublocación, y conforme a lo dispuesto en el art. 1596 C.C. el locatario no queda...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C
Autos: Difini de Palermo, Luisa y otros c/ Ricardo M. Juan y otros

Revista Nro: 57
Nro Página: 248

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