Ejecución hipotecaria
Facultades del titular del derecho real de hipoteca / Tenencia del inmueble / C.N.: goce de los derechos consagrados / Leyes que reglamentan su ejercicio /La regulación contenida en la ley 24.441 es de orden sustancial y no meramente procesal, pues modifica las facultades del titular del derecho real de hipoteca que ahora puede tomar la tenencia para anticipar y facilitar la entrega del inmueble a quien resulte comprador en subasta.
No puede perderse de vista que la Constitución Nacional reconoce el uso y goce de los derechos por ella consagrados...
Tribunal: Cámara Federal, Sala A
Autos: Banco Nación Argentina c/ Raies, Marcelo G.
Revista Nro: 57
Nro Página: 243