Sociedades

Inoponibilidad de la inscripción preventiva / Inscripción definitiva / Anotación preventiva de medidas cautelares / Efectos /

Dependiendo la constitución de la sociedad de su inscripción en el Registro Público de Comercio, a partir de la cual ya es sociedad típica, regular y definitiva, la condición a la que estaba subordinada la inscripción preventiva ya se cumplió y pasa a ser anotación definitiva desde el momento en que la sociedad en formación se constituyó definitivamente, publicitándose este hecho a través de su in...
Tribunal: Cámara C. y C. de Bell Ville
Autos: Fernández, María Eugenia c/ Ricardo Rubén Suárez - Embargo preventivo (por honorarios)

Revista Nro: 56
Nro Página: 285

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase