Embargo

Levantamiento / Deuda personal de uno de los cónyuges /

La deuda personal de uno de los cónyuges que no ha sido contraída para atender a las necesidades del hogar o la educación de los hijos o la conservación de los bienes comunes, excluye la aplicación del art. 6º de la ley 11.357, por lo cual el otro cónyuge es tercero y por consiguiente no está obligado a responder con sus bienes, sean éstos propios o gananciales, de administración reservada. La so...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C.
Autos: Panetta de Moro, Concepción c/ Roberto J. Martos y otros

Revista Nro: 55
Nro Página: 220

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