Recurso de queja
Prohibición de innovar el estado de la litis / Procedencia / Fundamentos /En circunstancias excepcionales y con el objeto de evitar daños manifiestamente no subsanables después, puede ordenarse -si la situación así lo exige- la prohibición de innovar el estado de la litis o de la cosa hasta que recaiga la decisión pertinente sobre el recurso, criterio que la Corte tiene aceptado desde antaño y entre nosotros encuentra fundamento normativo en el art. 484 C.P.C.C.. Se evi...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Roque, Juan Carlos c/ Municipalidad de Río III - Contencioso administrativo - Plena jurisdicción - Recurso directo
Revista Nro: 71
Nro Página: 241