Intereses
Tasa de interés aplicable / Disposiciones específicas / Desplazamiento de las normas provinciales: procedencia / Fundamentos /Queda consolidada la doctrina de la Corte Suprema de Justicia en el sentido de que cabe estar a las previsiones de las leyes fiscales en materia de intereses, que no quedan desplazadas por las pautas que la misma Corte ha extraído de la ley 23.928. El criterio que manda aplicar la tasa pasiva de interés es de aplicación cuando no existen expresas previsiones convenidas entre las partes o impuestas...
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.
Autos: Fisco de la Provincia c/ Luis A. Muñoz - Apremio
Revista Nro: 71
Nro Página: 230