Pagaré

Intereses / Tasa aplicable / Facultad del juez para morigerarlos /

En los créditos que otorgan las instituciones financieras la tasa de interés no puede exceder del 2,50% mensual no acumulativo, equivalente al 30% nominal mensual. No corresponde aplicar la tasa pasiva fijada por el a quo, que resulta notoriamente incongruente tratándose del interés de un préstamo otorgado por una entidad financiera, que tiene como principal activo los depósitos que reciben, por l...
Tribunal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm, de Río Cuarto
Autos: B.I.D. (Banco Integrado Departamental Cooperativo Limitado) c/ Montiel Norberto G. y Pis, Carlos - Demanda ejecutiva

Revista Nro: 73
Nro Página: 223

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