Daños y perjuicios

Responsabilidad objetiva: configuración /

La responsabilidad objetiva requiere para su constitución la prueba de la existencia de un daño, en cuyo acaecimiento ejerció una influencia causal decisiva el riesgo de la cosa que le comunicó dañosidad....
Tribunal: Cámara 2ª C. y C
Autos: Chaij, Ricardo c/ Benito Roggio e Hijos S.A. - Daños y perjuicios

Revista Nro: 75
Nro Página: 191

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase