Amparo
Procedencia / Fundamentos /Si a partir de la Constitución reformada en 1994, existen otros remedios administrativos o judiciales idóneos para la defensa de los derechos constitucionalmente reconocidos, no tiene caso interponer amparo y menos aún en forma paralela a la vía administrativa, en la cual también se puede solicitar la suspensión interina de las medidas lesivas mediante el recurso reglado pertinente.
Sostener que ...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C
Autos: Jockey Club de Villa Carlos Paz c/ Provincia de Córdoba - Amparo
Revista Nro: 76
Nro Página: 256