Amparo

Procedencia / Fundamentos /

Si a partir de la Constitución reformada en 1994, existen otros remedios administrativos o judiciales idóneos para la defensa de los derechos constitucionalmente reconocidos, no tiene caso interponer amparo y menos aún en forma paralela a la vía administrativa, en la cual también se puede solicitar la suspensión interina de las medidas lesivas mediante el recurso reglado pertinente. Sostener que ...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C
Autos: Jockey Club de Villa Carlos Paz c/ Provincia de Córdoba - Amparo

Revista Nro: 76
Nro Página: 256

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