Responsabilidad civil

Riesgo de la cosa / Energía eléctrica / Presunción de causalidad /

Siendo la energía eléctrica una cosa riesgosa por naturaleza y, consecuentemente, también los elementos que la portan (cables o líneas) de ocurrir un proceso lesivo en un contexto de proximidad y congruente con las características de peligrosidad de aquélla (incendio) se presume que las consecuencias dañosas derivan de la intervención activa de dicha energía, salvo prueba de un curso causal ajeno....
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.
Autos: Cañardo y Podingo S.R.L. c/ E.P.E.C. - Ordinario

Revista Nro: 76
Nro Página: 244

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