Prueba testimonial

Testigos residentes fuera del asiento del tribunal / Procedimiento /

Cuando un testigo resida fuera del asiento del tribunal pero dentro de la provincia, debe librarse oficio al tribunal de su domicilio, para que éste fije audiencia a los fines de la recepción, debiendo notificarse ésta en el domicilio constituido en los autos principales en la forma prevista en el art. 291, C.P.C.C.. En estos casos, el oferente de la testimonial debe acompañar el respectivo interr...
Tribunal: Cámara C., C., del Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolores
Autos: Bustos Faure, Raúl Alberto c/ Amanda Edel Annovassi - Ordinario

Revista Nro: 76
Nro Página: 244

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