Mutuo

Intereses pactados / Facultad de morigeración de los jueces /

Un interés anual del 30% por todo concepto, aun siendo elevado, no puede reputarse abusivo o usurario al punto que merezca ser estigmatizado en homenaje a la moral y las buenas costumbres, máxime si ha sido fruto de convención expresa, libremente celebrada entre las partes. La facultad de morigeración acordada a los jueces (arts. 21, 656, 953, 1071 y correlativos C.C.) no significa que puedan fij...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C
Autos: Rod S.R.L. c/ Alberto Galíndez y otros - P.V.E

Revista Nro: 76
Nro Página: 243

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