Accidente de tránsito

Culpa del conductor /

Hay culpabilidad exclusiva del chofer del ómnibus de la demandada, si circulaba a una velocidad tal que le impidió mantener en todo momento el dominio del rodado, provocando el siniestro, no habiendo probado que de su parte no hubo culpa, como lo exige la primera parte del segundo párrafo del art. 1113 C.C.....
Tribunal: Cámara 7ª C. y C., autos
Autos: Quevedo, Ramón Alfredo c/ María Rita Campos y otros

Revista Nro: 79
Nro Página: 251

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase