Competencia
Excusación / Conflicto negativo / Conflicto negativo / Trato frecuente /A través de la excusación, el juez que se considere inhábil subjetivamente para entender en una causa, tiene la facultad-deber de excusarse. De esta forma se aparta espontáneamente del conocimiento de la litis. El instituto responde a idénticos fundamentos que la recusación: preservar la neutralidad del juzgador. Es la contrapartida o reverso de la recusación: ésta es un derecho de los litigantes,...
Tribunal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María
Autos: Venica, Oscar Hugo c/ Mora, Jorge Raúl
Revista Nro: 173
Nro Página: 232