Citación en garantía

Omisión de denunciar el siniestro ante la aseguradora / Inoponibilidad a la víctima del siniestro /

El art. 118 L.S. faculta expresamente al asegurado a citar en garantía al asegurador y extiende ese derecho al tercero damnificado, regulando así dos aspectos diferentes de este mecanismo: a) la citación del asegurador por parte del damnificado que promueve la litis (art. 118, párr. 2º) y b) la citación en garantía que efectúa el asegurado al asegurador (art. 118, párr. 3º, in fine). La denominaci...
Tribunal: Cámara C., C., Cont. Adm. de Villa María
Autos: Calcagni, Miguel Pedro y otros c/ Giorgetti, Héctor Enrique y otro

Revista Nro: 173
Nro Página: 230

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