Sentencia

Cómputo del plazo de la acción disciplinaria /

No es correcto considerar como fecha de inicio del cómputo del plazo de prescripción de la acción disciplinaria, la del vencimiento del término legal para que operara la perención de la instancia. Ello por cuanto, conforme se encuentra regulado, el instituto de la perención de la instancia en la ley 8465, el letrado patrocinante podría haber impulsado y así reactivado el procedimiento mediante act...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Gorriti, Esteban Estanislao c/ Tribunal de Disciplina de Abogados de la Provincia de Córdoba - Plena jurisdicción - Recurso directo

Revista Nro: 82
Nro Página: 274

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