Escrituración

Cláusula penal / Morigeración judicial / Fundamentos /

Conforme con lo dispuesto por el art. 656 C.C., se debe morigerar la cláusula penal que autoriza a la vendedora a retener la totalidad del precio prevista en el contrato, y limitarla al veinticinco por ciento del precio percibido por el demandante, proporción que, sin ofender los principios de la moral y las buenas costumbres, satisface razonablemente el objeto de una conminación de esta clase ten...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C
Autos: Héctor Messio y Cía. S.R.L. c/ Miguel E. Jerez

Revista Nro: 83
Nro Página: 254

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