Perención de instancia

Perención del incidente de perención / Plazo para su procedencia /

El plazo previsto en el art. 339 inc. 4 C.P.C.C. es de aplicación específica durante la sustanciación de un incidente de perención. Ese incidente concluyó con la determinación del a quo, razón por la cual el término previsto por la ley para una situación como la planteada (la demandada reclama una nueva declaración de perención ante la apelación interpuesta por la accionante contra la resolución q...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C
Autos: Murúa, Matías c/ Ardiles, Rodolfo B. y otros - Daños y perjuicios - Incidente de perención de instancia

Revista Nro: 84
Nro Página: 273

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