Contrato de seguro

Derecho creditorio del beneficiario / Omisión administrativa: falta de número de póliza / Efectos /

En caso de que el asegurado no designe beneficiario, o por cualquier causa la designación se haga ineficaz o quede sin efecto, se entenderá que designó a los herederos (art. 145, último párrafo, ley 17.418). El beneficiario adquiere el beneficio por derecho propio (art. 143, 2º párr., ley 17.418) independiente del patrimonio asegurado, lo que implica que el capital que adquiere es un derecho cr...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C.
Autos: La Segunda C.L.S.G. c/ María Zurita de Pieronel y otra - consignación

Revista Nro: 83
Nro Página: 244

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