Procedimiento laboral

Prestación de servicios: acreditación / Presunción legal /

Acreditado suficientemente el hecho de la prestación de servicios del actor en favor de los demandados, deviene plenamente operativa la presunción del art. 23 L.C.T., al no haber sido ésta desvirtuada por probanzas rendidas por la accionada, correspondiendo en consecuencia calificar la relación habida como laboral. Para la procedencia de la referida presunción legal no es necesario demostrar en ju...
Tribunal: Cámara C., C., del Trab. y Flia. de Villa Dolores
Autos: Pedernera, Juan Marcelo c/ Eduardo Arregui y otros - Demanda laboral

Revista Nro: 87
Nro Página: 217

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