Reconvención

Tercería de dominio / Tribunal competente /

De acuerdo con lo dispuesto por el art. 7º inc. 1 C.P.C.C., aplicable en virtud de lo dispuesto por el art. 114 ley 7987, la competencia para resolver la tercería, o sea el dominio de los bienes aquí embargados y que son objeto de ejecución, se desplaza en favor del tribunal con competencia laboral. De tal modo que aplicándose las disposiciones del C.P.C.C. a la ejecuci...
Tribunal: Cámara del Trabajo de Bell Ville
Autos: Tercería de dominio de Nalmor S.A. en autos ?Molina, Damián Ambrosio c/ San Antonio Productos Lácteos S.R.L y otros

Revista Nro: 96
Nro Página: 233

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