Prenda

Buena fe: acreditación /

La norma del art. 41 del decr. ley 15.348/46 ratificado por ley 12.962 no califica la buena o mala fe del actual poseedor, debiendo ser interpretada dentro del contexto de todo el decr. ley 15.348/46, entre ellos los citados artículos, así como también dentro del régimen jurídico general (art. 2412 C.C.) so pena de caer en absolutismos jurídicos. El tercero adquirente puede alegar su buena fe sie...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de San Francisco
Autos: Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. c/ Francisco Jorge Espasadin - Ejecución prendaria - Tercería de dominio interpuesta por Hugo Carlos Homola

Revista Nro: 87
Nro Página: 199

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