Notificación

Domicilio contractual / Necesidad de reconocimiento previo de firma /

En el caso de domicilio constituido por las partes en instrumento privado, no es exigible el previo reconocimiento de firma, puesto que ello equivaldría a la negación del derecho acordado por el art. 101 C.C.. T.S.J., Sala Civil y Comercial, autos: “Soriano, Luis Alberto y otra c/ Ernesto Fortunato Hitt y otros - Ordinario - Re-curso directo...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: Soriano, Luis Alberto y otra c/ Ernesto Fortunato Hitt y otros - Ordinario - Re-curso directo

Revista Nro: 87
Nro Página: 198

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