Cuenta corriente bancaria

Fianza / Fianza comercial: alcance /

La fianza que se ejecuta tiene el carácter de comercial (art. 478 C.Com.) por lo cual es solidaria sin contar el fiador con el beneficio de excusión y división, resultando innecesaria la previa interpelación al deudor principal. El instrumento de la fianza se integra indefectiblemente con el título hábil para promover acción contra el obligado principal, formando una unidad con virtualidad expan...
Tribunal: Cámara 6ª C. y C
Autos: Banco del Suquía S.A. c/ Carlos Martín Ferretti y otro - Ejecutivo

Revista Nro: 87
Nro Página: 194

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