Costas

Excepciones al principio general /

El principio objetivo de la derrota como fundamento de la imposición de costas, no es absoluto, pues ante la existencia de situaciones excepcionales el juez se encuentra facultado para eximir de costas al perdedor, total o parcialmente, cuando exista mérito para ello, o bien cuando se advierten las circunstancias previstas específicamente en el plexo procesal como eximentes (arts. 130, 131, 132 C....
Tribunal: Cámara C., C., del Trab. y Cont. Adm .de Villa Dolores
Autos: Tercería de dominio de Rosales de Beltramone, Marta Elena en: Muñoz, Hugo Ariel c/ Andrés Beltramone - Ejecutivo

Revista Nro: 87
Nro Página: 193

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