Sentencia

Facultad del juez de interpretar su sentencia: alcance /

El juez tiene el poder de interpretar, en cualquier tiempo, su sentencia (art. 338 C.P.C.C.) siempre que esto sea necesario con motivo de la ejecución de la misma o de un juicio contradictorio sobre su inteligencia. En la tarea de interpretación de su sentencia, el juzgador sólo puede corregir algún error material, suplir alguna omisión o esclarecer algún concepto (tal como lo dispone el art. 336...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C
Autos: Olmos, Víctor E. c/ Néstor Puciol y otro - Ordinario

Revista Nro: 88
Nro Página: 244

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