Sentencia
Facultad del juez de interpretar su sentencia: alcance /El juez tiene el poder de interpretar, en cualquier tiempo, su sentencia (art. 338 C.P.C.C.) siempre que esto sea necesario con motivo de la ejecución de la misma o de un juicio contradictorio sobre su inteligencia.
En la tarea de interpretación de su sentencia, el juzgador sólo puede corregir algún error material, suplir alguna omisión o esclarecer algún concepto (tal como lo dispone el art. 336...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C
Autos: Olmos, Víctor E. c/ Néstor Puciol y otro - Ordinario
Revista Nro: 88
Nro Página: 244