Recurso de casación

Acción posesoria / Sentencias dictadas en juicios posesorios / Improcedencia del recuso de casación /

La sentencia dictada en un juicio posesorio no hace cosa juzgada con relación al derecho de poseer. La decisión que se dicte en el posesorio es provisoria y no impide la posterior promoción del petitorio, donde la misma cuestión puede ser debatida y resuelta definitivamente, tal como lo establece el art. 779 inc. 2 C.P.C.C.. Por lo tanto, contra las sentencias dictadas en juicios posesorios, no pr...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: Nicolli, Rafael Lugardis c/Geraud Bonnet - Posesoria de recuperar - Recurso de casación

Revista Nro: 88
Nro Página: 244

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