Accidente de tránsito
Carga de la prueba /El art. 1113, segundo párrafo, segunda hipótesis, primer supuesto C.C. establece una presunción de responsabilidad -no de culpabilidad- que recae en el propietario o guardián de la cosa riesgosa que ocasiona el perjuicio. El sistema instituido impone al damnificado la carga de demostrar la intervención de la cosa en la producción del daño, mientras que al requerido le exige la acreditación -de-mos...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C
Autos: Pasero, Mario Eduardo c/ Dominga Zavala de Romero
Revista Nro: 88
Nro Página: 221