Accidente de tránsito

Necesidad de acreditar la eximente de responsabilidad /

Si el daño hubiere sido causado por el riesgo o vicio de la cosa, el dueño o guardián sólo se eximirá total o parcialmente de responsabilidad, acreditando la culpa de la víctima o de un tercero por quien no debe responder. Claro está que como en toda obligación, también debe admitirse como excusa el caso fortuito o la fuerza mayor....
Tribunal: Cámara 1ª C. y C
Autos: Pasero, Mario Eduardo c/ Dominga Zavala de Romero

Revista Nro: 88
Nro Página: 221

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