Recurso de apelación

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El art. 94 establece que el recurso de apelación sólo procederá contra las resoluciones del juez de conciliación, que causen gravamen irreparable o expresamente la ley lo determine, entendiéndose por gravamen irreparable el que causa una resolución que, una vez consentida, su efectos son insusceptibles de subsanarse en la sentencia definitiva. Cuando se interpone el recurso de apelación en subsidi...
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala III
Autos: Suárez Pérez, Rodolfo c/ Med Keys S.R.L. y otro

Revista Nro: 171
Nro Página: 334

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