Juicio ejecutivo

Planilla de liquidación / Intereses / Actualización / Periodicidad. Doctrina del T.S.J. /

Como lo establece el art. 564 C.P.C.C., la planilla de liquidación puede ser actualizada, esto es, puede ser objeto de incorporación de nuevos rubros y computar el lapso corrido desde la anterior para los intereses, cuantas veces lo estime necesario el ejecutante. A su vez, esta facultad puede ser ejercida aun luego de percibido totalmente el importe que arroje una planilla anterior aprobada, si s...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C
Autos: Banco Social de Córdoba c/ Vélez, Segundo y otro

Revista Nro: 171
Nro Página: 316

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