Desalojo

Menores de edad viviendo en el inmueble / Innecesaria intervención del Ministerio Pupilar / Innecesaria intervención del Ministerio Pupilar /

No siendo los menores de edad actores ni demandados en el juicio de desalojo, no es necesaria la intervención del Ministerio Público Pupilar durante la tramitación del proceso, conforme lo establece el art. 59 C.C. Si bien se tiene por cierto que en los inmuebles cuyo desalojo se pretende, residen menores de edad, ello no importa reconocer que intervienen en el proceso en calidad de parte, ya que ...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C.
Autos: Severini, Mario c/ Moyano, Mauro Damián y otros

Revista Nro: 171
Nro Página: 324

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