Intereses
Pagaré a la vista / Interés compensatorio / Procedencia /Tratándose de pagarés “a la vista”, la ley autoriza la cláusula de intereses, la cual, en cambio, está excluida en los pagarés emitidos con otras modalidades de vencimiento. La única condición es que la tasa de ese interés esté indicada en el propio título. Se trata de un interés de tipo compensatorio que -como tal- es exigible a la fecha del pago, haya o no mora del deudor. El curso de ese interé...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Fiduciaria de Recupero Crediticia S.A. c/ Banegas, Jorge Ceferino
Revista Nro: 170
Nro Página: 279