Prescripción
Constitución en mora del deudor / Suspensión del curso de la prescripción / Interpelación del acreedor /Según el art. 3986 C.C., “la constitución en mora del deudor, efectuada en forma auténtica”, suspende el curso de la prescripción por una sola vez y por el término de un año.
Que el texto del art. 3986 C.C. adolece de una falta de precisión sistemática es evidente, pero de ello no se puede extraer la consecuencia que pretende sugerir el apelante, la cual, aplicada coherentemente, llevaría práctic...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C
Autos: Gervasoni, Albino c/ Cienza, Nélida María y otro
Revista Nro: 108
Nro Página: 293