Concurso preventivo
Confusión / Acto válido mientras no perjudique a terceros / Dispensa de prescripción / Falta de acreditación de dificultades insalvables /Aun de haber existido la confusión invocada y no acreditada en esta incidencia, el cese de la confusión a que alude el art. 867 C.C. no es eficaz respecto de terceros (en el caso la masa de acreedores) que pudieran, a causa de ello, sufrir una lesión en sus derechos.
El cese de la confusión sólo podría resultar de un acto jurídico cuyo contenido u objeto no puede perjudicar los derechos de terce...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C
Autos: Cacorba S.A.T. - Gran concurso preventivo - Ve-rificación tardía (arts. 260 y 56 L.C.Q.) - Iniciado por Nuestra Señora del Milagro S.A.
Revista Nro: 108
Nro Página: 279