Contrato de trabajo

Extinción / Intimación por falta de aportes jubilatorios / Sanción conminatoria / Comienzo y cese del cómputo de la sanción /

La sanción conminatoria del art. 132 bis L.C.T., nace con el cumplimiento del plazo de treinta días de la intimación requerida por la norma reglamentaria (decr. 146/2001) para que la empleadora ingrese las sumas que correspondían a los aportes jubilatorios con destino a la seguridad social que retuvo al trabajador y en la AFIP no constan ingresados. Para el cómputo de la sanción, prevista por ...
Tribunal: Cámara de Trabajo, Sala II
Autos: Gigena, Armando Oscar c/ Cenis S.R.L

Revista Nro: 165
Nro Página: 320

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