Compraventa
Conocimiento por parte del comprador / Efectos /Si el adquirente conoce que el vendedor no era el único propietario, sino que era condómino, el boleto celebrado debe entenderse como una «promesa de venta de cosa (parcialmente) ajena» en la que el vendedor está obligado a adquirirla y entregarla al comprador so pena de daños y perjuicios (art. 1177 C.C.).
La venta de cosa ajena sólo será nula si las partes se hubieran referido a la cosa como ...
Tribunal: Cámara 6ª C. y C.
Autos: Pepellin, Enrique A. c/ Gervasio, Rubén Darío
Revista Nro: 165
Nro Página: 300