Arresto

Autoridad competente para ordenarlo / Arresto policial sin orden judicial / Condiciones para su procedencia /

El legislador penal al momento de reglamentar el art. 18 de la Constitución, establece que la autoridad «competente» para ordenar un arresto o requisa es el juez. Ahora bien, admite excepcionalmente que sean las fuerzas de seguridad quienes puedan detener a una persona, siempre y cuando se den las circunstancias expresamente detalladas como condición necesaria. El art. 284 C.P.P.N. dispone que los...
Tribunal: Cámara Federal, Sala B
Autos: Gianni, Maximiliano p.s.a. infracción ley 23.737

Revista Nro: 167
Nro Página: 279

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