Requisa personal

Registro sin orden judicial en cumplimiento de medidas tendientes a preservar la seguridad y el orden del establecimiento carcelario / Requisa profunda de las visitas. Registro manual de zonas pudorosas. / Límites. Debido respeto de los derechos fundamentales y las garantías constitucionales / Directrices internacionales. Control de convencionalidad. Debido equilibrio entre la necesidad de control y la seguridad del establecimiento carcelario y el respeto a la intimidad y dignidad de las personas. Sustitución del registro manual por técnicas no táctiles. Recursos tecnológicos indispensables /

En la situación particular que se presenta dentro de las unidades carcelarias rigen criterios distintos a los que regulan los registros efectuados en la vía pública. El Estado como garante, no sólo de la vida e integridad física de los internos, sino también de los empleados que se desempeñan en los centros de detención, debe velar por la seguridad y el orden de las instituciones carcelarias. A ta...
Tribunal: Cámara Federal, Sala B
Autos: Ponce, Leonela Anahí p.s.a. infracción ley

Revista Nro: 164
Nro Página: 153

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