Pagaré

Exigibilidad del título ejecutivo / Cálculo de intereses /

\r\nLos títulos ejecutivos son exigibles desde el vencimiento expresado en cada uno de ellos, por lo que los intereses deben ser calculados a partir de las fechas consignadas en ellos. En el régimen de la letra de cambio, extensible al pagaré, la ley manda pagar los accesorios desde el día del vencimiento (art. 52, inc. 2, decr. ley 5965/63)....
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.
Autos: Racca, Silvina c/ Rodríguez, Roque Marcos

Revista Nro: 96
Nro Página: 210

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