Contrato de trabajo
Extinción de relación laboral / Compensación de créditos /Si de la documentación laboral documentación, cuando ésta no es impugnada, consta que la trabajadora recibió una suma de dinero, debe compensarse hasta su concurrencia, con cualquier crédito que resultare a su favor emergente de la relación laboral habida.
La homologación de un acuerdo extintivo, realizado por escritura pública, resulta cuanto menos excesiva, si la interesada no impugnó el instr...
Tribunal: T.S.J., Sala Laboral
Autos: Agulleiro, Alejandra Susana c/ Danone Argentina S.A
Revista Nro: 163
Nro Página: 258