Desalojo

Legitimación activa y pasiva /

El Código Procesal Civil y Comercial no establece expresamente a quién le compete la acción de desalojo (“legitimación activa”), sino que en su art. 750 prevé solamente contra quién procede (“legitimación pasiva”). Dicha norma postula que la acción de desalojo procede en contra del locatario o sublocatario de inmuebles urbanos o rurales, o contra cualquier ocupante de los enumerados en el art. 246...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C
Autos: Aghemo, Esteban Federico c/ Contrera, Benito

Revista Nro: 162
Nro Página: 360

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