Costas

Petición de quiebra desestimada / Imposición de costas / Ausencia de normas que contemplen la desestimación /

\r\nCorresponde desestimar la petición de quiebra formulada por los acreedores si el deudor depositó en tiempo oportuno el importe reclamado.\r\nDado que la ley 24.522 carece de normas que regulen la imposición de costas cuando la petición de quiebra es desestimada, en virtud de lo dispuesto por el art. 278 L.C.Q., rigen las disposiciones procesales locales. En este sentido, nuestro ordenamiento a...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C.
Autos: Cuerpo de copias a los fines de la apelación en contra de la sentencia N

Revista Nro: 96
Nro Página: 203

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