Amparo

Beneficio previsional / Reducción / Límite /

El derecho invocado y probado con las constancias del otorgamiento del beneficio previsional se encuentra amparado por la inviolabilidad del derecho de propiedad (arts. 17 C.N., 67 Const. Pcial.) y por las garantías constitucionales de integralidad, irrenunciabilidad, movilidad y proporcionalidad del art. 14 bis C.N. y de los arts. 55 y 57 Const. Pcial., a las que se suma la de irreductibilidad qu...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Villagrán, Miguel Ángel c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba

Revista Nro: 161
Nro Página: 343

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