Resultados

08 Oct 2009

Cooperativa de trabajo

Pereyra, Martina Rocío c/ Coop. Ltda. Electricidad Mina Clavero y otros Cooperativa de trabajo
Fraude: desestimación de la persona jurídica / Naturaleza excepcional / Requisitos para su procedencia: insolvencia /
Tribubal: Cámara C., C., del Trab. y Flia. de Villa Dolores, Sala Unipersonal Nº 2

No se visualizan reunidos en la especie los extremos conducentes a la aplicación de la denominada teoría del disgregad preconizada por la accionante. La asignación de responsabilidades personales por tal motivo, de indiscutida naturaleza sancionatoria, es de carácter excepcional, e impone interpretar y ponderar de manera restrictiva la concurrencia de los pertinentes recaudos de procedencia. En ma...

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08 Oct 2009

Cooperativa de trabajo

Pereyra, Martina Rocío c/ Coop. Ltda. Electricidad Mina Clavero y otros Cooperativa de trabajo
Prueba testimonial / Valor de la declaración de personas vinculadas profesionalmente con las partes del proceso /
Tribubal: Cámara C., C., del Trabajo y Flia. de Villa Dolores

El indiscutible valor probatorio de la prueba testimonial finca en la circunstancia de ser la expresión de quienes, por las distintas razones que refieren, pudieron percibir personal y directamente los hechos sobre los que declaran, dando, por lo tanto, como motivos de conocimiento, circunstancias que persuaden razonable y adecuadamente de la veracidad de sus dichos.\nLa prueba testimonial debe se...

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08 Oct 2009

Cooperativa de trabajo

Pereyra, Martina Rocío c/ Coop. Ltda. Electricidad Mina Clavero y otros Cooperativa de trabajo
Prueba testimonial: importancia / Valor de los testimonios de las personas vinculadas profesionalmente con las partes del proceso / Doctrina de la C.S.J.N. /
Tribubal: Cámara C., C., del Trab., Flia. y Cont. Adm. de Villa Dolores

El indiscutible valor probatorio de la prueba testimonial finca en la circunstancia de ser la expresión de quienes, por las distintas razones que refieren, pudieron percibir personal y directamente los hechos sobre los que declaran, dando, por lo tanto, como motivos de conocimiento, circunstancias que persuaden razonable y adecuadamente de la veracidad de sus dichos.\nLa prueba testimonial debe se...

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