El delito de tenencia de estupefaciente no requiere el contacto material constante y permanente con la sustancia, sino que basta con que tenga la disponibilidad real sobre ella. De modo tal que la posesión del estupefaciente puede tenerse por configurada cuando se aprehenda materialmente la droga en poder del autor; cuando a pesar de no tener la posesión material, existe disponibilidad real de la ...
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El art. 11 inc. c de la ley 23.737 prevé el aumento de la pena prevista para los delitos de tráfico de estupefacientes (arts. 5º a 10 de la misma ley) en un tercio del mínimo a la mitad del máximo si en los hechos intervinieren tres o más personas organizadas para cometerlos. Existe consenso en que por medio de esta forma agravada se busca castigar más severamente a quienes se organicen con la fin...
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La circunstancia de que los aportes efectuados por cada uno de los intervinientes en las actividades de tráfico a las que refiere el art. 11 inc. c de la ley 23.737 resulten fungibles no los torna ineficaces para crear un mayor riesgo al bien jurídico protegido. La sola existencia de una mínima estructura funcional a las actividades de tráfico facilita ya la comisión de esos delitos en tanto permi...
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La facultad discrecional de fijar la pena es motivo de casación, en casos de arbitrariedad. Dentro de ese margen de recurribilidad, relativo a las facultades discrecionales del tribunal de sentencia, se ha fijado el estándar de revisión en los supuestos de falta de motivación de la sentencia, de motivación ilegítima o de motivación omisiva. El ejercicio de tales facultades se ha extendido a la sel...
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En el marco de la individualización judicial de la pena no corresponde ponderar la calificación de conducta obtenida en el establecimiento carcelario como circunstancia agravante. Las cuestiones concernientes al comportamiento del penado en prisión, que sin duda son trascendentales a los fines de la reinserción social al medio libre, deben ser consideradas en la etapa de la ejecución de la pena, e...
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I. Introducción. II. La desfederalización de la comercialización de estupefacientes por narcomenudeo. III. Inconstitucionalidad del mínimo de la escala penal de la comercialización de estupefacientes. 1. El caso «Loyola». 2. Otros fallos de tribunales provinciales respecto de la inconstitucionalidad del mínimo de la figura de la comercialización de estupefacientes en el narcomenudeo. 3. El criter...
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I. Introducción. II. La desfederalización de la comercialización de estupefacientes por narcomenudeo. III. Inconstitucionalidad del mínimo de la escala penal de la comercialización de estupefacientes. 1. El caso «Loyola». 2. Otros fallos de tribunales provinciales respecto de la inconstitucionalidad del mínimo de la figura de la comercialización de estupefacientes en el narcomenudeo. 3. El criter...
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La acreditación de los actos de comercialización a que alude el art. 5º inc. c primer supuesto de la ley de estupefacientes 23.737, no necesariamente exige el hallazgo de la sustancia estupefaciente en poder del comprador. Ello sin olvidar que muchas veces resulta compleja la realización del procedimiento de control (corte), o puede poner en riesgo el éxito de la investigación.
El delito de com...
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En las cuestiones de competencia suscitadas en el marco de la aplicación de la ley de estupefacientes, la jurisdicción federal es prioritaria, excepto cuando las provincias –por voluntad propia expresada mediante ley de adhesión– asuman la competencia (art. 34).
Para distinguir entre los delitos que corresponden a la jurisdicción federal y los comprendidos en la jurisdicción provincial, la C.S....
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La comercialización de estupefacientes abarca los tramos anteriores de la cadena de narcotráfico (tenencia con fines de comercialización y actos individuales de comercio, suministro, entrega o facilitación a título oneroso) en tanto el criterio íntegro de ilicitud –objetivo y subjetivo– de los tipos implicados ya se encuentra contenido en el otro –comercio–, de modo que sólo se causa una lesión a ...
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